REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDAS N° 3067
En el día de hoy, quince (15) de ENERO de dos mil cuatro (2.004), siendo las once y diez minutos de la mañana se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en la sede del Banco Mercantil, ubicada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a objeto de Ejecutar Medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) seguido por HECTOR JOSE ZABALA SANCHEZ contra el ciudadano LARRY FULA NAVA, titular de la cédula de identidad N° 7.964.206. Seguidamente el Tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano MARTIN YAGUA, titular de la cedula de identidad N°8.702.050, en su condición de Gerente Engarcado en esta Entidad Bancaria. En este estado, presente la abogada en ejercicio, MARGARITA GONZALEZ inscrito en el impreabogado bajo el N° 34.616 expuso. Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida Preventiva decretada por el tribunal de la causa, sobre el FIDEICOMISO y sus respectivos intereses que le pueda corresponder al demandado ciudadano, LARRY FULA NAVA, antes identificado , en su condición de trabajador al servicio de la Empresa P.D.V.S.A, PETROLEO Y GAS S. A, y que el mismo tiene constituido en el Banco Mercantil. Seguidamente el Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargado las FIDEICOMISO y sus respectivos intereses que le pueda corresponder al demandado ciudadano, LARRY FULA NAVA, antes identificado , en su condición de trabajador al servicio de la Empresa P.D.V.S.A, PETROLEO Y GAS S. A . Todo hasta cubrir la cantidad de DOCE MILLONES SESISCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO BOLIVARES ( Bs. 12.631.765,oo) suma intimada. Se le informa al notificado que las cantidades de dinero retenida deberán ser remitidas en cheque de gerencia a nombre del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas del Estado Zulia. En este Estado el Notificado Expuso: Me doy por notificado a reserva de verificar la existencia del mencionado FIDEICOMISO en favor del ciudadano demandado y de verificar si sobre el mismo recae alguna medida preventiva o ejecutiva practicada por anterioridad Siendo las once y veinticinco minutos de la mañana se dio por terminado el presente acto. Terminó, se leyó y conformen firman.


ABOG. MARIAELVIRA C. REINA HERNANDEZ
JUEZ

EL NOTIFICADO

EL APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA

ABOG. MARGARITA CRISCUOLO
SECRETARIA TEMPORAL