En el día de hoy primero (01) de Marzo de dos mil cuatro (2004), siendo las nueve y cuarenta de la mañana (09:40am), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se traslado y constituyo este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la Agencia Plaza Republica del Banco Mercantil, sitio señalado por el Apoderado Judicial de la parte actora, abogado CARLOS RAMIREZ GONZALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 12.873.097, inscrito en el IMPREABOGADO bajo el N° 81.657, a objeto de llevar a efecto la Medida Preventiva de Embargo decretada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, seguido por la SOCIEDAD MECANTIL HOT-HED DE VENEZUELA S.A., identificada en actas, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL ELECTRICIDAD E INSTRUMENTACION C.A, (ELINCA), identificada en actas. Una vez constituido el tribunal en la dirección ya indicada, procede a notificar de su misión al ciudadano Ángel Enrique Nava, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°10.427.330, quien se identifico como Ejecutivo de Negocios de esta Agencia Bancaria. En este estado presente el Apoderado Judicial de la parte actora, abogado CARLOS RAMIREZ, ya identificado, expuso: “Señalo para ser embargado preventivamente el saldo que posea la Cuenta Corriente N°1087057418, en este Banco Mercantil, perteneciente a la demandada Electricidad e Instrumentación C. A, (ELINCA), todo hasta cubrir la suma decretada por el tribunal de la causa”.Acto seguido el tribunal insta a la persona notificada a informar si existe en esta Agencia Bancaria la Cuenta Corriente N° 1087057418, si la misma pertenece a la parte demandada Electricidad e Instrumentación C.A, (ELINCA),y si posee saldo suficiente para cubrir la suma requerida de CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs.134.774.233,60)”. Acto seguido el notificado expuso: “Si existe en esta Agencia la Cuenta Corriente N° 1087057418, la misma pertenece a la Sociedad Mercantil C. A, (ELINCA), y si posee saldo suficiente para cubrir el monto requerido en este acto”. El tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara formalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE la cantidad de CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 134.774.233,60), los cuales se encuentran en la Cuenta Corriente N° 1087057418, perteneciente a la parte demandada Electricidad e Instrumentación C. A, (ELINCA). En esta estado el tribunal deja constancia que ha recibido en este acto, un cheque de Gerencia, signado con el N° 50107094 de fecha 01-03-2004, a nombre del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, por un monto de CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 134.774.233,60), correspondiente al monto embargado en este acto. Es todo, termino, se leyó y conformes firman siendo las diez y6 treinta de la mañana (10:30am) del día de hoy.




La Juez



El notificado- Ejecutivo
De Negocios de la Agencia





El Apoderado Judicial
De la parte actora










El Secretario