Vista la solicitud realizada por ante este despacho por penado PARFITT SANCHEZ JOSE RAMON, titular de la C.I. No. 15.841.578, debidamente asistido por su defensor Abog. GERARDO SANCHEZ, Defensor Público No. 16; requiriendo de este Juzgado le sea concedido permiso de PERNOCTA ESPECIAL, en virtud de que su esposa ESLY ESTER CARRILLO ha dado a luz un niño el día 14-09-04, en el Hospital Materno Cuatricentenario de esta ciudad; y vista la comunicación emanada de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, de la cual se evidencia la constatación Laboral del Penado, este Tribunal para resolver hace las siguientes consideraciones:

Del estudio y análisis de las actas que integran el presente expediente, se desprende que el penado PARFITT SANCHEZ JOSE RAMON, titular de la C.I. No. 15.841.578, cumple con todas las condiciones previstas en el en los artículos 7 y 61 de la Ley de Régimen Penitenciario, igualmente puede evidenciarse según comunicación emanada de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, de la cual se desprende la constatación laboral del penado y en consecuencia la progresividad, la favorable evolución y el no riesgo de quebrantamiento de la condena, razón por la cual este tribunal CONCEDE al penado PARFITT SANCHEZ JOSE RAMON, titular de la C.I. No. 15.841.578, permiso PERNOCTA ESPECIAL por el lapso de cinco (05) días contados a partir del día miércoles 15-09-04 hasta el día Sábado 18-09-04, de conformidad con lo establecido en los artículos 7, 61 y 62, literal b, de la Ley de Régimen Penitenciario, en consecuencia el penado PARFITT SANCHEZ JOSE RAMON, titular de la C.I. No. 15.841.578, PERNOCTARA, en su casa de habitación a partir del día Miércoles 15-09-04 desde las SEIS (06) de la tarde, hasta el día Domingo 19-09-04, debiendo regresar a la Cárcel Nacional de Maracaibo, el día Domingo 19-09-04 a las seis (06) de la tarde.