REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO NOVENO DE CONTROL

Maracaibo, 16 de Febrero de 2005.-
194° y 145°

CAUSA N° 9C-231-05. RESOLUCIÓN N° 302-05.-

Visto el escrito presentado por la ciudadana abogada AMALIA JOSEFINA RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal TREGESIMA QUINTA del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra PERSONAS POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito de: ROBO EN LA FIGURA DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 438 segundo aparte del Código penal, en agravio del NIÑO NIKE JOSÉ CORSO. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal para decidir toma en consideración los siguientes razonamientos:

Del análisis practicado a las actas que componen la presente causa, se desprende que efectivamente se está en la presencia del delito de: ROBO EN LA FIGURA DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 438 segundo aparte del Código penal, no obstante, aun cuando el Ministerio Público practicó todas las diligencias tendientes al total esclarecimiento de los hechos, desde el momento de ocurridos los hechos hasta la presente fecha, han transcurrido mas de cuatro años (04), tiempo este superior al establecido en el artículo 108 ordinal 5° del Código penal para que opere la prescripción ordinaria de la acción penal con respecto al delito en referencia, por tanto, siendo mandato de ley y este tribunal garante de la misma, lo procedente en derecho es decretar el sobreseimiento solicitado. ASI SE DECIDE.

Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra PERSONAS POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito de: ROBO EN LA FIGURA DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 438 segundo aparte del Código penal, en agravio del NIÑO NIKE JOSÉ CORSO. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 48 ordinal 8° ejusdem.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.
EL JUEZ DE CONTROL,

DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS



LA SECRETARIA,

ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ.
En la misma fecha se registro la anterior resolución bajo el N° 302-05 en el Libro de Registro de Resoluciones llevado por este Tribunal de Control y se libraron boletas de notificación con oficio N° 381-05.-
LA SECRETARIA,

ABOG. PATRICIA ORDOÑEZ
CAUSA N° 9C-231-05.
HCV/luisquerales.-