Por cuanto se observa que el Compute Legal de Pena elaborado por este Juzgado en fecha 04-05-05, correspondiente al penado: ELISEO JOSE NUNEZ GARCIA, presenta error en cuanto al cumplimiento de las penas accesorias de Ley, este Tribunal de Ejecucion de conformidad con lo establecido en el articulo 482 en el ultimo aparte de la Reforma del Codigo Organico Procesal Penal, pasa a elaborar nuevo computo de pena a los fines de subsanar dicho error:

El penado: ELISEO JOSE NUNEZ GARCIA, fue condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) ANOS DE ARRESTO, mas las accesorias de Ley, por la comision del delito POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Organica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Ahora bien, consta en actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 21-11-04, por lo que hasta el dia de hoy 25-07-05, fecha en la cual se elabora el presente computo lleva detenido: OCHO (08) MESES Y CUATRO (04) DIAS. Faltándole por cumplir TRES (03) ANOS, TRES (03) MESES y VEINTISEIS (26) DIAS. Cumple la pena principal el dia 21-11-2008, cumple la mitad de la pena el dia 21-11-06; cumple ¼ parte de la pena el dia 21-11-05 para el beneficio de Destacamento de Trabajo, Cumple 1/3 parte de la pena el dia 21-03-06; para el beneficio de regimen abierto, Cumple las 2/3 partes de la pena el dia 21-07-2007; para el beneficio de Libertad Condicional, Cumple las ¾ partes de la pena el dia 21-11-2007, para el beneficio de Confinamiento y por ultimo se mantendra sometido a la Sujecion a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/5
parte de la Pena impuesta hasta el dia: 09-09-2009.-Registrese la presente Resolucion, remitase copia certificada de la misma con oficio a la Fiscal 27 del Ministerio Publico