REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, 08 de Marzo de 2005
194º y 145º
DECISIÓN N° 85-05 CAUSA N° 178-99.-

Vista el Acta de Redención de Pena por el Trabajo y el Estudio, emanada de la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de la Cárcel Nacional de Maracaibo, así como del estudio minucioso y exhaustivo de las actas que lo acompañan, este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el Segundo Aparte del Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a Reformar el COMPUTO CON REDENCIÓN de la siguiente manera:

El Penado REGULO ANTONIO MAYORAL ESCALANTE, titular de la Cédula de Identidad, N° E-81.673.167, residenciado en la Urb. San Jacinto, sector 17, vereda 01, casa N° 29, Maracaibo Estado Zulia, condenado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal, más las accesorias de Ley, conforme a los articulo 16 y 34 del Código Penal.
Ahora bien, consta en acta que el referido ciudadano fue detenido en fecha 18-11-95, por lo que hasta el día de hoy en que se realiza el presente Cómputo con Redención tiene demostrado efectivamente en razón de trabajo el lapso redimido de DOS (02) AÑOS, OCHO MESES Y DIECINUEVE DÍAS, TRES MESES. Cumplió la Pena Principal el día 29-02-2.005, quedando sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad Civil por Una Cuarta (1/4) parte del tiempo de la condena, desde que esta termine, es decir cumplirá el día 29-02-2009. ASI SE DECIDE.
Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PENA PRINCIPAL CUMPLIDA, a favor del penado REGULO ANTONIO MAYORAL ESCALANTE, quedando sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad Civil por Una Cuarta (1/4) parte del tiempo de la condena, desde que esta termine, es decir cumplirá el día 29-02-2009.

Regístrese la presente Decisión; notifíquese a las partes.
LA JUEZA,

DRA. RAIZA RODRIGUEZ


LA SECRETARIA.

ABOG. ANA SANCHEZ

En la misma fecha se registro la presente Decisión bajo el N° 85-05 y se libró boletas de notificaciones.-
LA SECRETARIA.

ABOG. ANA SANCHEZ



RR/Gladys.-
Causa N° 178-99.-