REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ

En horas de Despacho del día de hoy, once de mayo de dos mil cinco, siendo las nueve y cuarenta y cinco minutos de la mañana, día y hora previamente fijada por este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de darle cumplimiento a la medida decretada por el JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUSNRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue el ciudadano: ARTURO ALFONSO MONTERO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad No.1.599.112, en contra de la ciudadana: JOHANA MORENO URDANETA, titular de la cédula de identidad No. 98.770.77.- Seguidamente este Tribunal se trasladó por solicitud e indicación de la parte demandante ciudadano: ARTURO ALFONSO MONTERO SANCHEZ, quién es mayor de edad, venezolano, casado, abogado, titular de la cédula de identidad No.V-1.599.112 y de este domicilio, actuando en su propio nombre, a la siguiente dirección: Barrio Panamericano, calle 74 (antes calle Zulia) signado con el No. 83ª-73, en jurisdicción de la Parroquia Caracciolo Parra Pérez del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Una vez Constituido este Tribunal en la dirección antes señalada, se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, a la ciudadana: SILVIA LUZ URDANETA MOLERO, quién es mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad No.V-4.755.878, y de este domicilio, quién dijo ser progenitora de la parte demandada ciudadana: JOHANA CAROLINA MORENO URDANETA, titular de la cédula de identidad No. 9.770.779.- De inmediato este Tribunal procede a nombrar práctico al ciudadano: IGOR DELGADO HUERTA, quién es mayor de edad, venezolano, casado, Licenciado en Administración, titula de la cédula de identidad No.V-5.170.472 y de este domicilio, quién estando presente aceptó el cargo y el Tribunal procede a juramentarlo de la manera siguiente: Jura usted, cumplir con todas y cada una de las obligaciones que le impone el cargo recaído en su persona? Contestó: Si lo juro.- Seguidamente este Tribunal gira instrucciones al practico prenombrado a objeto que describa y determine el inmueble en cuestión y quién estando presente lo hace de la manera siguiente: Trátese de un inmueble ubicado en la dirección antes señalado, constituida por una casa de habitación conformada y estructurada de la forme siguiente: columna, viguetas y fundaciones de concreto armado y vaciado, con bloque de arcilla en sus paredes con piso de cemento pulido y techo de párales de madera y láminas de zinc, con dos habitaciones sala comedor y cocina, sala sanitaria y lavandería, con protección de hierro en sus ventanas y puertas de madera entamborada en los accesos del inmueble.- El inmueble en cuestión se encuentra cercado a través de cerca perimetral de bloques de cemento y de arcilla por sus laterales y de fondo y por el lindero norte que es su frente por cerca de columna de concreto armado y vaciado, medianera, con figuras huecas de forma redonda de cemento y dos portones de metal de hierro, peatonal y garaje.- El inmueble se encuentra alinderado de la forma siguiente: NORTE: doce metros (12mts) su frente, vía pública; SUR: con propiedad que es o fue de Robinsón García, también en doce metros (12mts), ESTE: cuarenta y nueve con cuarenta metros aproximadamente (46,40mts), con propiedad que es o fue de JOSE ORANGEL GARCIA y otros; y OESTE: cuarenta y nueve (49MTS) aproximadamente, con propiedad que fue de José Orangel García y otro.- Acto seguido este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dándole cumplimiento a la medida decretada por el Tribunal comitente HACE ENTREGA a la parte demandante ciudadano: ARTURO ALFONSO MONTERO SANCHEZ, antes identificado y actuando en su propio nombre, el inmueble antes descrito y quien estando presente declara recibirlo conforme a derecho y a los efectos de ley.- Asimismo este Tribunal deja constancia que no ha recibirlo pago alguno en el cumplimiento de sus servicios, todo de conformidad con los Artículo 254 y el primer aparte del artículo 26 ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes , intervinientes y firmantes de la presente acta.- Concluyó el acto siendo las once de la mañana.- Terminó se leyó y conforme firman.-
EL JUEZ,



ABOG. DIXON AVENDAÑO VILLALOBOS

LA NOTIFICADA,

Se negó a firmar


EL EJECUTANTE Y SOLICITANTE DE LA MEDIDA,


EL PRACTICO,


LA SECRETARIA,



ABOG. LUZ MARINA MONTIEL LOPEZ