REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL
PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 02 de Mayo de 2.005
195° y 146°


DECISION No. 201-05.- CAUSA No. 1E-121-03.-

Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal antes de resolver hace las siguientes consideraciones:

El penado DIONARDO ALEXANDER TROMPETERO AYALA, fue condenado por el Juzgado Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal en fecha 10-11-03, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotor en perjuicio del ciudadano JUAN DE JESUS VALERO.
Ahora bien, del estudio del presente caso, esta Juzgadora observa, que en fecha 21-12-04, según decisión No. 487-04, se le concedió al penado DIONARDO ALEXANDER TROMPETERO AYALA, el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, imponiéndosele un Régimen de Prueba, culminando el mismo en fecha 27-04-05, fecha en la cual cumplió la Pena Principal, quedando sometido a la Sujeción a la Vigilancia por una cuarta parte hasta el dia 02-12-05, y el cual el citado penado cumplió con el Régimen impuesto, tal como se evidencia de la Constancia de fecha 27-04-05 suscrita por la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario, en la cual hacen constar que el referido penado culminó de manera satisfactoria con el Régimen asignado, por lo que este Tribunal DECLARA PENA CUMPLIDA a favor del ciudadano DIONARDO ALEXANDER TROMPETERO AYALA, plenamente identificado en actas quedando sometido a la Sujeción a la Vigilancia por una cuarta parte hasta el dia 02-12-05 el cual cumplirá en la Intendencia Civil Domitila Flores San Francisco, de conformidad con lo establecido en el artículo 105° del Código Penal. Y ASI SE DECIDE.

Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PENA CUMPLIDA a favor del ciudadano DIONARDO ALEXANDER TROMPETERO AYALA, venezolano, natural de Maracaibo, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 19.017.163 residenciado en el Barrio La Polar, calle 190, casa N° 48K-59, San Francisco Estado Zulia, y quien quedara sometido a la Sujeción a la Vigilancia por una cuarta parte hasta el día 02-12-05, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal. ASI SE DECLARA.- Regístrese la presente decisión; y notifíquese a las partes.---------------------------------------------------------------
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION,

DRA. RAIZA RODRIGUEZ LA SECRETARIA,
ABG. ANA SANCHEZ MEDINA

En la misma fecha la presente decisión quedó registrada bajo el No. 201-05.

La Secretaria,