En horas de despacho del día de hoy 22 de Noviembre del año dos mil cinco, siendo las 11:50 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la Sede del Rectorado de la Universidad del Zulia, ubicado en la avenida Goajira, frente al Hospital Universitario de Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA con motivo del juicio de PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL seguido por la ciudadana LUISA MARIBEL GARCIA OPORTO, portadora de la Cédula de Identidad No. 5.716.530, en contra el ciudadano RAFAEL ANGEL PORTILLO MEDINA, portador de la Cédula de Identidad No. 4.516.338.- En este estado presente el ciudadano (a): LEONARDO MORALES, portador (a) de la Cédula de Identidad N° 7.710.307, quien se identificó con el carácter de: APODERADO GENERAL JUDICIAL.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO: sobre EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las PRESTACIONES SOCIALES, que le correspondan al ciudadano RAFAEL ANGEL PORTILLO, antes identificado, como Profesor titular Jubilado de la Facultad de Economía de la Universidad del Zulia.- Que las cantidades de dinero deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- EXP: 52.625.-. El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no trabajador de esa Empresa; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, la cantidad de dinero por el concepto arriba mencionado; y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 11:55 AM.-

LA JUEZ:





EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO: