REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO DÉCIMO DE CONTROL

Maracaibo, 26 de septiembre de 2005
195º y 146º

DECISIÓN N° 1545-05 CAUSA N° 10C-1145-05

Visto la solicitud interpuesta por la ABOG. CLARITZA CRISTINA MATA SULBARAN, en su carácter de FISCAL DECIMO SEPTIMO (17°) DEL MINISTERIO PÚBLICO, en la cual solicita se declare la DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA formulada por la Ciudadana MAUREEN SANCHEZ, en contra de la Ciudadana MILDRED ACEVEDO, este Tribunal para decidir observa:

Examinada y analizada como ha sido la Denuncia formulada por la Ciudadana MAUREEN SANCHEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD V-9.784.009, se evidencia que, por cuanto los hechos denunciados no se subsumen en ningún tipo penal, de los previstos en el Código Penal Venezolano, considera este Juzgador procedente y ajustado a derecho admitir la DESESTIMACIÓN solicitada por la Representante Fiscal, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.

Por lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA DESESTIMACION DE LA DENUNCIA formulada por la Ciudadana MAUREEN SANCHEZ, en contra de la Ciudadana MILDRED ACEVEDO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente Decisión y Notifíquese a las partes de lo antes resuelto. -

EL JUEZ DECIMO DE CONTROL


FREDDY HUERTA RODRIGUEZ
EL SECRETARIO

ABOG. JESÚS MÁRQUEZ

En esta misma fecha se registró la anterior Decisión quedando anotada bajo el N° 1545-05 y se Ofició bajo el N° 2702-05.-
EL SECRETARIO


ABOG. JESÚS MÁRQUEZ