ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2006-000317
PARTE ACTORA: ABRAHAM ORTEGA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LUZ M. REBELLON y RITA GONZALEZ
PARTE DEMANDADA: CONSCARVI, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA GABRIELA FRANCHI y YNGRID FRANCHI
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 27 de abril de 2006 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la abogada Luz M. Rebellon y Rita González en su condición de apoderadas judiciales de la parte actora del ciudadano ABRAHAM ORTEGA y por la demandada Sociedad Mercantil Construcciones Cardozo Villasmil (CONSCARVI, C.A) la abogada Maria Gabriela Franchi , quienes para dar por terminado con el presente asunto han llegado al siguiente acuerdo de conformidad con lo establecido en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La apoderada judicial de la parte demandada abogada Maria Gabriela Franchi ofrece a cancelar en nombre de su representada la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES, (Bs. 1.800.00,00), como pago único y definitivo por todos y cada uno de la concepto reclamados en el libelo de demanda, los cuales se compromete a cancelarlo por ante este Tribunal el 09 de mayo de 2006. En este estado presente las apoderadas judiciales abogadas Luz M. Rebellon y Rita González del ciudadano ABRAHAM ORTEGA parte actora, manifiesta aceptar y estar conforme con la cantidad de dinero y la forma de pago por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el libelo de la demanda. En este estado el Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, visto que el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, y por cuanto la trabajador actuó libre de constreñimiento, HOMOLOGA EL ACUERDO ENTRA LAS PARTES, le imparte el carácter de Cosa Juzgada, pero se abstiene de archivar el expediente hasta que conste en actas el cumplimiento definitivo del acuerdo. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar. Es todo y conforme firman.


El Juez

La Secretaria.

Abog: Joselyn Urdaneta

Abog. Hernán Fernández Labarca


Los Presentes