REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 8 de Diciembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : NL01-P-2001-000057
ASUNTO : NL01-P-2001-000057




AUTO DE REVOCATORIA DE FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA REGIMEN ABIERTO.


Vista el Acta realizada por el Consejo de disciplina del Centro de Tratamiento Comunitario “FRANCISCO DE MIRANDA” de fecha 04 de Diciembre de 2006 anexo a Oficio N° C. T. C. 672, el cual esta conformado por la Licenciada MARISOL GONZALEZ (E) ABOG. ARGENIS GUERRA, delegado de prueba, Licenciada GERALDINE HENRIQUEZ, delegado de prueba y ROBERTO RAFAEL MOTA custodia donde solicitan a este Tribunal la REVOCATORIA, de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena Régimen Abierto otorgada al penado ANEL MOISES BENAVENTE PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V- 8.953.939, en virtud de que el supramencionado penado, se evadió en fecha 24/11/2006, sin retornar a la institución, siendo este el motivo que el Consejo de Evaluación lo declara que transgredió lo establecido en el Reglamento Interno Nacional de Centros de Tratamiento Comunitarios, en sus Artículos 35, y 36 ordinal 7. En este orden el Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones


El Penado ANEL MOISES BENAVENTE fue condenado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Pena en Función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Monagas. Por ser el Autor de los delitos de ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES LEVES, VIOLACION Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, tipificados en los Artículos 460, 418 y 375 en su encabezamiento del Código Penal Venezolano Vigente para esa época, perpetrado en perjuicio de los ciudadanos JULIO CESAR MARTINEZ ROJAS YAMILE DEL VALLE CARABALLO Y EL ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS CINCO (05) MESES UN (01) DIA OCHO (08) HORAS Y CAUTRO (04) MINUTOS DE PRESIDIO

Es importante destacar, que en fecha 25/10/2005, se le Acordó la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena Régimen Abierto, por encontrarse llenos todos los requisitos que exige la Ley, que rige la materia, motivo por el cual se ordeno el ingreso al Centro de Tratamiento Comunitario “FRANCISCO DE MIRANDA”, del penado ANEL MOISES BENAVENTE PEREZ, en virtud de que él mismo había extinguido Un Tercio de la Pena Impuesta, reuniendo los criterios mínimos para adaptarse a las exigencias del Régimen Abierto. UN NIVEL ACEPTABLE AUTOCRITICA, MODERADA TOLERANCIA A LA FRUSTRACIÓN AJUSTE ADECUADO FRENTE LAS NORMAS, DISPOSICIÓN AL CAMBIO CONDUCTUAL. Esta fue la postura recomendada por el equipo Técnico de la Unidad de Apoyo al Sistema Penitenciario.


Dentro del abordaje surge, que verificado como ha sido, el oficio remitido a este Despacho del Centro de Tratamiento Comunitario “FRANCISCO DE MIRANDA”, en virtud de visita realizada por el Tribunal en las instalaciones del referido Centro de Tratamiento, donde se sostuvo entrevista con el custodia ROBERTO RAFAEL MOTA, según acta numero 34 de fecha 01/12/2006, ya que no estaba presente la directora, ni el delegado prueba, se constató la evasión en el libro de novedades, en el cual se registran las entradas y salidas de residentes; todo lo cual quedo plasmado en la referida acta suscrita, por quien aquí decide, que cursa en el folio del libro de visitas diarias.


Del estudio exhaustivo, se observa que el penado ANEL MOISES BENAVENTE PEREZ, no se encuentra apto para ser beneficiado con medidas de PRE- LIBERTAD, por cuanto se evadió desde el día 24/11/2006, del referido centro incumpliendo con todas las normativas y obligaciones, que ha debido cumplir el residente; pues como quedo patentizado en el recorrido de este Pronunciamiento Judicial, violentó el Reglamento Interno de los centros de tratamiento comunitarios en sus artículos 35 y 36 numeral 7°, del residente; por lo que este Tribunal REVOCA, la formula alternativa de cumplimiento de pena de REGIMEN ABIERTO, concedida en fecha 25/10/2005.



En efecto, la conducta asumida por el penado ANEL MOISES BENAVENTE PEREZ, se constituye en transgresora de las condiciones impuestas aceptadas por él al momento de concederle la medida en cuestión; es esta la razón, que este Juzgador Constitucional, buscando el fin de la Justicia. ACUERDA REVOCAR LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE ESTABLECIMIENTO ABIERTO, al penado anteriormente señalado de acuerdo a la facultad que me confiere el Artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, en este contexto, podemos decir que no se conoce el paradero del mismo se ordena oficiar a todos los organismos de seguridad del Estado a los fines de que procedan a la Aprehensión del Fugado, tantas veces nombrado. Así se decide.



DISPOSITIVA

En conclusión y por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA LA FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA ESTABLECIMIENTO ABIERTO, otorgado al Penado ANEL MOISES BENAVENTE PEREZ, plenamente identificado. Toda vez que con su irregular conducta vulneró flagrantemente las condiciones impuestas, que son necesarias para mantener el ejercicio de la Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena denominada Régimen Abierto. Así se decide. En consecuencia Notifíquese al Ciudadano Fiscal Séptimo del Ministerio Público de Ejecución de Sentencias del Estado Monagas, al Penado y a su Defensor, asimismo, se Ordena remitir Copia Certificada de Sentencia al ciudadano jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio del Interior y Justicia, así como la Directora Centro de Tratamiento Comunitario “FRANCISCO DE MIRANDA”. Ofíciese a los diferentes Órganos de seguridad del Estado a los fines de que PRACTIQUEN LA APREHENSIÓN DEL PENADO ANEL MOISES BENAVENTE PEREZ Cúmplase.




EL JUEZ

ABG. JESUS RAMON VILLAFAÑE HERNANDEZ