REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, 30 de Enero del 2006
194° y 146°



Visto el DESISTIMIENTO del procedimiento y de la acción realizado por la abogada RUTH BRITO BETANCOURT, en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa MUNDI MUEBLES, C.A. este Tribunal imparte la HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. De igual forma se acuerda la devolución de los instrumentos cambiarios que dieron origen al presente procedimiento previa certificación por Secretaría de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 Ejusdem.- Cúmplase. -
LA JUEZ PROVISORIA

Abg. ODIELYS HERDE MARCANO
LA SECRETARIA

Abg. MARIA PATETE BRIZUELA






OHM/MPB/rosa.-
Exp. 2019