REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, Cuatro (04) de Julio de 2006
Años: 196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : NK01-P-2002-000004
ASUNTO : NK01-P-2002-000004

Por cuanto en el Asunto Nro., NK01-P-2002-000004, que instara la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Estado Monagas, en contra del Ciudadano: LUIS ALFREDO DEFFIT FUENMAYOR, quien de Nacionalidad Venezolana, mayor de edad, de 32 años, de Profesión u Oficio Obrero, titular de la Cédula de identidad Nro., V-18.172.376, residenciado en el Barrio Bolívar, Transversal Nro., 01, Casa Nro., 17, Maturín Estado Monagas, debidamente asistido por la Defensora Pública Penal Segunda Abogada NINOSKA COROMOTO FARIAS, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal Venezolano Vigente para la época de los sucesos, tal como se evidencia de acusación interpuesta por la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Estado Monagas, en fecha 15 de Febrero del año 2002, la cual corre inserta a los Folios 17 al 22, de la Primera Pieza del presente asunto, acusación ésta que fue admitida totalmente por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de esta Circunscripción Judicial, en Audiencia Preliminar celebrada en fecha 12 de Abril del año 2002, oportunidad en la cual se ordeno el pase a juicio.
Siéndole otorgada al acusado de autos, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, por este Tribunal en fecha 19 de Enero de 2004, , tal como se desprende de la Sentencia Interlocutoria de fecha 19-01-2004, la cual corre inserta a los Folios Nros., 61 al 63, de la Segunda Pieza de las actas que conforman el presente Asunto; y por cuanto en fecha 07 de Junio de 2005, fuese consignada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Sede Judicial Penal, por la ciudadana ROSMERY FUENMAYOR, copia simple de Acta de Defunción correspondiente al acusado ciudadano LUIS ALFREDO DEFFIT FUENMAYOR, procediendo este Tribunal a dictar auto de fecha 14 de Junio de 2005, donde se acuerda librar oficio a la Medicatura Forense a los fines de que remita a este Tribunal el Informe de Autopsia correspondiente, recibiéndose el Informe de Autopsia Nro., 160-05, en fecha 03 de Julio de 2006, consignado a solicitud del Tribunal, debidamente suscrito por el Dr. ALEJANDRO SANCHEZ, en su carácter de Anatomopatologo Forense del Departamento de Ciencias Forenses de Maturín Estado Monagas, practicado en fecha 15 de Mayo de 2005.
Pues, se evidencia del Informe de Autopsia Nro., 160-05, en sus conclusiones lo siguiente: Que el ciudadano LUIS ALFREDO DEFFIT FUENMAYOR, presentó Hemorragia Aguda, debido a mecanismo de la muerte causado por el paso de proyectiles de arma de fuego, disparado a distancia, lo cual se puede constatar a los Folios 32 y 33 de la Tercera Pieza del Asunto en referencia, observando quién aquí decide que se hace necesario la aplicación de las normas contenidas en los Artículo 103 del Código Penal en concordancia con los Artículos 48, Numeral 1° y 322 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, a fin de que opere la Extinción de la Acción Penal y el Sobreseimiento al acusado, Ciudadano hoy occiso, LUIS ALFREDO DEFFIT FUENMAYOR, identificado ut supra, en virtud de lo cual esta instancia al observar que es un hecho real y de naturaleza legal la muerte del Acusado Ciudadano LUIS ALFREDO DEFFIT FUENMAYOR, considera que lo procedente es Decretar la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, y por consiguiente el debido SOBRESEIMIENTO, tal como se menciono, instituciones penales estas que se aplican al acusado antes mencionado, de conformidad con lo preceptuado por los Artículo 103 del Código Penal Vigente y Artículos 48 Numeral 1°, 318 Ordinal 3° y 322 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente. Y así se Declara.

DECISIÓN.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, “Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley”, Decreta la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende el SOBRESEIMIENTO, del presente asunto seguido al Acusado, hoy occiso, LUIS ALFREDO DEFFIT FUENMAYOR, quien de Nacionalidad Venezolana, mayor de edad, de 32 años, de Profesión u Oficio Obrero, titular de la Cédula de identidad Nro., V-18.172.376, residenciado en el Barrio Bolívar, Transversal Nro., 01, Casa Nro., 17, Maturín Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 103 del Código Penal Vigente, en concordancia con los Artículos 48, Numeral 1°, 318 Ordinal 3° y 322 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente. Notifíquese de la presente Decisión a las partes. Publíquese, regístrese y déjese copia. En Maturín a los Cuatro (04) días del mes de Julio de 2006.
La Juez,


ABG. MILAGROS BONTEMPS CAMPOS.

La Secretaria,



ABG. EUMELYS FIGUERA DE GIL.