REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia para la Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 12 de Julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2005-006182
ASUNTO : NP01-P-2005-006182

Visto el escrito consignado por el acusado IDENTIDAD OMITIDA, debidamente asistido por el Abogado JOSE GREGORIO SUAREZ, en el cual solicita se le extienda el régimen de presentaciones en virtud que el mismo se encuentra trabajando y debe salir a realizar trabajos fuera del Municipio, todo de conformidad con el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal a los fines de pronunciarse observa:
PRIMERO: Por cuanto las medidas cautelares son de permanente revisión, este Tribunal pasa a pronunciarse al respecto, con la finalidad de velar por el ejercicio de los derechos constitucionales consagrados específicamente a los adolescentes como personas en desarrollo, así como los derechos de las personas adultas.
SEGUNDO: Se observa del estudio del sistema Iuris 2000, que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ha venido cumpliendo con el régimen de presentaciones impuesto por este Juzgado Primero de Juicio Sección Penal Adolescente, en fecha 19 de Enero del 2006.
TERCERO: Siendo el derecho al trabajo un derecho consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela así como en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual establece un capitulo completo titulado como Derecho a la Protección en Materia de Trabajo, en el cual se establece la armonía que debe existir entre trabajo y educación, jornada de trabajo, niños trabajadores, capacidad laboral, etc. Siendo así, este Tribunal ACUERDA, extender el régimen de presentaciones al adolescente IDENTIDAD OMITIDA. En consecuencia deberá presentarse cada veintidós (22) días ante el Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Juez de Juicio


ABG. ROSALBA GIL CANO

La Secretaria


ABG. ODULIA RUIZ BELMONTE