REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 26 de Julio de 2006
196º y 147º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2004-000112
ASUNTO : NP01-D-2004-000003
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: HOMICIDIO INTENCIONAL.
FISCAL: ABG. MIRIAM GARELLI
DEFENSOR: ABG. MIGUEL BETANCOURT
MOTIVO: REVISION DE MEDIDA.

De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida, que cumple el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA. Este Tribunal Procede a realizar la Revisión de la Medida y actualización del cómputo de la siguiente forma:

En fecha 03 de Junio del 2004 es sancionado por el Tribunal Segundo de Control el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir la medida Privativa de Libertad por el lapso de Tres (03) Años y Seis (06) Meses, por la comisión del delito Homicidio Intencional, en perjuicio del ciudadano Norling Armando Salazar.

En fecha 06 de Julio del 2004, es ejecutada la sanción, determinándose que para esa fecha el adolescente había cumplido con su sanción por espacio de Tres (03) Meses y Un (01) Día. En fecha 09 de Febrero del 2005, se revisa la medida al sancionado determinándose que para esa fecha había cumplido con la sanción por espacio de Un (01) Año Un (01) Mes y Cuatro (04) Días. En fecha 09 de Junio del 2005 se revisa y sustituye la medida Privativa de Libertad por las medidas Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso que le faltaba por cumplir es decir, Dos (02) Años y Veintiséis (26) días. En revisión de Medida de fecha 27 de Marzo del 2006 se determinó que el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA le faltaba por cumplir 1 año, 3 meses y 27 días. Hasta el día de hoy hay que sumarle Tres (03) Meses y Veintinueve días que han trascurrido desde la ultima revisión por lo que ha cumplido con la sanción por espacio de DOS (02) AÑOS, SEIS (06) MESES Y DOS (02) DÏAS, faltándole por cumplir ONCE MESES Y VEINTIOCHO DÏAS. Pero como la Medida REGLAS DE CONDUCTA debía cumplirla de forma Simultánea, y era por Veintiséis (26) días se considera que ha cesado la misma debiendo ser descontados VEINTISEIS (26) Días del tiempo que resta por cumplir.

Este Tribunal de Ejecución el día de hoy revisa nuevamente la medida que cumple el sancionado IDENTIDAD OMITIDA en esta oportunidad se trata de la medida de Libertad Asistida, en fecha 20 de Julio del 2006 es recibido por ante este Tribunal informe N° SSS-112-06 elaborado por la Licenciada Maritzabel Candurín sociólogo adscrito a esta Sección de Adolescente y la persona encargada de asistir al joven IDENTIDAD OMITIDA “Acata normas, valores y Principios los cuales le han permitido desarrollarse como persona para una sana convivencia con su medio. SU EVALUACIÓN ES FAVORABLE.”

El joven IDENTIDAD OMITIDA ha cumplido la sanción por espacio de DOS (02) AÑOS y SIETE (07) MESES EXACTOS y le falta por Cumplir de medida Libertad Asistida ONCE MESES EXACTOS.


SANCIONADO
IDENTIDAD OMITIDA

DELITO:
HOMICIDIO INTENCIONAL.

HA CUMPLIDO EN TOTAL LAS MEDIDAS IMPUESTA
DOS (02) AÑOS y SIETE (07) MESES EXACTOS

LE FALTA POR CUMPLIR BAJO LAS MEDIDAS LIBERTAD ASISTIDA
Medida Libertad Asistida ONCE MESES EXACTOS.

En virtud de todo lo antes expuesto este Juzgado de Ejecución, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CESA LA MEDIDA REGLAS DE CONDUCTA. SEGUNDO: REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, Al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, por el tiempo que le falta por cumplir ONCE MESES EXACTOS. Estas Medidas son revisables de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente. Impóngase del presente auto al ciudadano SANCIONADO. Notifíquese al Fiscal Décimo del Ministerio Público, y al Defensor Público Especializado. Remitase copia de la presente decisión a la Trabajadora Social Adscrita a esta Sección de Adolescente. Cúmplase

La Jueza de Ejecución

ABG. DILIA ROSA MENDOZA BELLO.


La Secretaria.

ABG. ODULIA RUIZ BELMONTE