REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.- Maturín Veintiséis de junio de dos mil seis.
195° Y 147°
Vista la anterior solicitud, y los recaudos acompañados, incoada por la ciudadana, CARMEN ALIDA ASTUDILLO DE COLINA, venezolana, mayor de edad, y de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9.297.931, asistida por el Abogado DANIEL J. MALAGA M, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.337, mediante la cual demandó la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por ante el Registro Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas, la cual se encuentra inserta en el Libro B, Tomo 5 Folio 463 Acta N° 1820 del año 1974.- En el momento de levantar la respectiva ACTA DE NACIMIENTO, se incurrió en el error de colocar el nombre de CARMEN OLIDA, siendo lo correcto CARMEN ALIDA.- Ahora bien, por cuanto se evidencia tanto del escrito de demanda como de los recaudos acompañados consignados en autos expedidos por el Registrador Civil Principal del Estado Monagas y copia de la cédula de identidad que efectivamente se incurrió el error material señalado y visto que no hay interesados en tal solicitud ni en la decisión que sobre ella recaiga, este Tribunal acuerda tramitarla conforme a lo dispuesto por el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, así como el 774 eiusdem, en concordancia con los Artículos 505 y 506 del Código Civil, prescindiendo de la publicación del Edicto de Emplazamiento a interesados y de la notificación de la fiscal del Ministerio Público.- En consecuencia, pasa a considerar la solicitud presentada, y efectivamente se observa que al momento de levantar la referida ACTA DE NACIMIENTO, se asentó el nombre de la solicitante como OLIDA cuando en realidad es CARMEN ALIDA.- En vista de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR La solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO de la Ciudadana CARMEN ALIDA, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 501 del Código Civil y lo pautado en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, y previo los trámites de Ley se ordena al Registrador Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas y al Ciudadano Registrador Principal del mismo estado rectifique el Acta de Nacimiento de la ciudadana CARMEN ALIDA, la cual se encuentra inserta en los Libros de Registro Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas en el Libro B, Folio 463 Acta N° 1820 del año 1974, en el punto señalado, es decir deberá leerse CARMEN ALIDA y no CARMEN OLIDA como aparece inserto: Y ASI SE DECIDE.-
Remítase a las Autoridades de Registro Civil correspondiente las copias certificadas de la presente decisión, debidamente ejecutada a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 502 y 506 del Código Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-
Dada, Firmada y Sellada en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Maturín, a los Veintiséis (26) días del mes de junio de 2006.- Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación
El Juez,

Abg. Gustavo Posada
La Secretaria,

Abg. Dubravka Vivas.






En esta misma fecha, siendo las 2:00 P.M, se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.

La Secretaria,

Abg. Dubravka Vivas

GP/ cf.-
Exp. Nro. 11257












JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín, 26 de Junio de 2006.
195° y 147°

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia recaída en el presente proceso, ejecútese la misma.
El Juez,

Abg. Gustavo Posada
La Secretaria,

Abg. Dubravka Vivas

GP/ cf.-
Exp. Nro. 11.257


















JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, 26 de Junio de 2006

196° y 147°



Oficio N°
Ciudadano:
Registrador Civil del Municipio
Maturín del Estado Monagas
Su Despacho.


Anexo al presente oficio remito a Usted, copia certificada de la sentencia recaída en el proceso de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana CARMEN ALIDA ASTUDILLO DE COLINA.
Remisión que se le hace a los fines previsto en los Artículos 502 y 506 del Código Civil.-

Dios y Federación,


Abg. Gustavo Posada
Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del
Estado Monagas.

GP/ cf.-
Anexo: lo indicado
Exp. Nro.-11.257


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, 26 de Junio de 2006
196° y 147°



Oficio N°
Ciudadano
Registrador Principal del Estado Monagas
Su Despacho.


Anexo al presente oficio remito a Usted, copia certificada de la sentencia recaída en el juicio de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, de la ciudadana CARMEN ALIDA ASTUDILLO DE COLINA, a fin de que estampe la nota marginal correspondiente en los Libros llevados por el Registro Civil, del Estado Monagas durante el año 1974 conformidad con lo dispuesto en los Artículos 502 y 506 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil.
Remisión que se le hace a los fines legales pertinentes.

Dios y Federación,


Abg. Gustavo Posada
Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del
Estado Monagas.

GP/cf.-
Anexo: lo indicado
Exp. Nº 11.257