REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARIPE



REPÚBLICA DE VENEZUELA. JUZGADO DEL MUNICIPIO CARIPE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Caripe, 27 de Julio de 2006.



194° y 146°

Visto el anterior acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes, ciudadanos: ALBERTO CESAR GONZALEZ Y LOIMA VELÁZQUEZ, ambos plenamente identificados en autos; en su carácter de padres de los niños JEAN FRAN GONZÁLEZ VELÁSQUEZ Y JESÚS GONZÁLEZ VELÁSQUEZ, en el cual el padre se compromete en pasar pensión alimentaria a sus hijos y por cuanto dicho acuerdo está ajustado a derecho en cuanto está garantizada la pensión alimentaria de los niños, es por lo que éste JUZGADO DEL MUNICIPIO CARIPE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS actuando en Nombre de la República le imparte la homologación en todas y cada una de sus partes. No habiendo más diligencias procesales que efectuarse en éste procedimiento se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.
La Juez








La Secretaria






Exp. N° 582-06


Quien suscribe, Abg. Milagros Natera, Secretaria del Juzgado del Municipio Caripe de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, CERTIFICA: Que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original, la cual cursa a los folio 45 y 46 del expediente 582-06. Caripe, veintisiete de Julio de 2006.
LA SECRETARIA



Abg. Milagros Natera