ACTA


N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.005-000862
PARTE ACTORA: JOSÉ MANUEL CARABALLO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 2.303.115 y de este domicilio.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE : CESAR TOVAR CORDERO, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.918, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: GOBERNACIÓN DEL ESTADO MONAGAS
APODERADO DE LA EMPRESA DEMANDADA: CARLOS ACUÑA y JHONNY SALGADO, abogados en ejercicio inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos 112.943 y 113.305, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENIA DE PRESTACIONES SOCIALES.


En el día hábil de hoy Lunes Tres (03) de Julio de 2.006, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio y anunciado como fue el acto a la hora señalada, con las formalidades de Ley en este proceso de cobro de prestaciones sociales, este Tribunal deja constancia que no compareció a la Audiencia Preliminar, el Ciudadano JOSÉ MANUEL CARABALLO, ni por sí ni por medio de apoderado. Se deja constancia de la comparecencia de los abogados los abogados CARLOS ACUÑA y JHONNY SALGADO, en su carácter de apoderado de la parte demandada GOBERNACIÓN DEL ESTADO MONAGAS, según poder que consta en auto por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 146°.

EL JUEZ TEMPORAL


Abog. MIGUEL YILALES ZURITA


LA PARTE COMPARECIENTE


EL SECRETARIO