REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA N° 4120

En el día de hoy veinte ( 20 ) de Julio de dos mil seis (2.006), siendo las nueve y cuarenta de la mañana, se traslado y constituyo JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a señalamiento del apoderado Judicial de la parte actora, abogado JAIME CASTELLANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.295, titular de la cedula de identidad Nº 8.777.801, en un inmueble ubicado en la Urbanización Hollywood, sector La Salina, avenida Bocono, signada con el Nº 108, en Jurisdicción del Municipio Cabimas del Estado Zulia a objeto de ejecutar medida de secuestro decretado por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Cabimas, en el juicio por Cumplimiento de CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, seguido por la empresa PDVSA PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA, contra el ciudadano EDWIN OLLARVES. Seguidamente el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constituido en el lugar al ciudadano EDWIN OLLARVES, titular de la cedula de identidad Nº V-7.844.421, parte demandada. En este estado presente el apoderado actor ya identificado, expuso: Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de secuestro decretada por el Juzgado de la causa, sobre el inmueble donde se encuentra constituido y descrito en el despacho de medida.