ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-001710
PARTE ACTORA: OSCAR BURGOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: OSMAN PALMAR
PARTE DEMANDADA: VENEZOLANA DE SEGURIDAD, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROQUE ARISPE
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 16 de junio de 2006 día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos Osman Palmar en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OSCAR BURGOS y por la demandada y por la demandada VENEZOLANA DE SEGURIDAD, S.A. el abogado Roque Arispe en su condición de apoderado judicial, quienes para dar por terminado con el presente asunto han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En este estado presente el apoderado judicial de la parte demandada abogado Roque Arispe, Ofrece a cancelar en nombre de su representada la cantidad de TRES MILLOS CIEN MIL BOLIVARES, (Bs. 3.100.000,00), como pago único y definitivo por todos y cada uno de los conceptos reclamados por el actor en el libelo de demanda, los cuales se compromete a cancelar de la siguiente manera; la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTAL MIL BOLIVARES (Bs. 1.550.000,00), el día (03) de julio de 2006, y la cantidad restante, es decir, la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTAL MIL BOLIVARES (Bs. 1.550.000,00), el día (01) de agosto de 2006, por ante este Circuito Judicial Laboral. En este estado presente el abogado Osman Palmar en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OSCAR BURGOS, manifiesta en nombre de su representado aceptar y estar conforme con la cantidad y la forma de pago ofrecida, como pago único y definitivo por todos y cada uno ce loas conceptos reclamado en el libelo de demanda . Este Tribunal vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, asimismo se abstiene de archivar el presente asunto hasta tanto no exista el cumplimiento de la obligación asumida por la parte demandada. Se deja expresa constancia que han sido devueltos los instrumentos probatorios consignado por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar.-


El Juez

La Secretaria

Abog. Hernán Fernández Labarca


Los Presentes