PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MONAGAS
Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución

Maturín, 7 de junio de 2006
196° y 147°

ASUNTO PRINCIPAL : NK01-P-2003-000119

ASUNTO : NK01-P-2003-000119


AUTO DECLARANDO LA EXTINCIÓN TANTO DE LA PENA PRINCIPAL COMO DE LAS ACCESORIAS Y PECUNIARIA IMPUESTAS, DE CONFORMIIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 103 DEL CÓDIGO PENAL.


Atañe a este órgano decisor emitir pronunciamiento respecto al Informe de Autopsia N°. 33 de fecha 16-02-05, suscrito por el Dr. Alejandro Sánchez T., en su condición de Anatomopatólogo Forense, adscrito al Departamento de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas con sede en esta ciudad de Maturín, en el cual se expresan las causas de la muerte de quien en vida respondiera por el nombre de JUNIOR RAFAEL MAYORGA, quien aparece señalado como penado en el presente asunto, cuyo deceso se produjo en fecha 15-02-05 en las instalaciones del Internado Judicial de Monagas, a tal efecto, resulta de importancia señalar lo siguiente:

Mediante sentencia definitiva de fecha 20-07-2004, emitida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de este Circuito Judicial, el penado JUNIOR RAFAEL MAYORGA, había sido condenado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal y al pago de DOS (2) UNIDADES TRIBUTARIAS, por concepto de costas procesales, como autor del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para la época en que ocurrieron los hechos, en perjuicio del ciudadano LEONARDO JOSÉ PALUMBO, decisión ésta que fue ejecutada a través de auto de fechado 22-11-2004.

Ahora bien, siendo el protocolo de autopsia instrumento idóneo para determinar las causas que dieron lugar a la muerte de una persona, y verificado del contenido del mismo que el deceso del penado JUNIOR RAFAEL MAYORGA se produjo por HEMORRAGIA Y LACERACIÓN, CAUSADA POR PROYECTIL DE ARMA DE FUEGO, lo cual corrobora lo expresado en el acta que riela al folio 102 de las actuaciones que conforman la Pieza 2 del asunto bajo análisis, que fue una de las personas que cayó abatido en fecha 15-02-05, cuando intentó evadirse de la instalaciones del Internado de Monagas; este Tribunal de conformidad con dispuesto en el artículo 103 del Código Penal, estima procedente y ajustado a derecho decretar la extinción tanto de la pena principal como las accesorias y pecuniaria impuestas al referido penado. Así decide.

DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, administrando justicia en nombre de La República por autoridad de la Ley, decreta: LA EXTINCIÓN TANTO DE LA PENA PRINCIPAL COMO LAS ACCESORIAS Y PECUNIARIA IMPUESTAS al penado JUNIOR RAFAEL MAYORGA (occiso), plenamente identificado en el presente asunto, de conformidad con dispuesto en el artículo 103 del Código Penal.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese copia certificada. Remítase copia certificada al Jefe de Vigilancia y Sanciones Penales del Ministerio de Interior y Justicia, a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y de Justicia y a la Dirección del Internado judicial de Monagas. Hágase lo conducente. Cúmplase.

Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial penal del Estado Monagas, en Maturín, a los 7 días del mes de junio de 2006. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
EL JUEZ,


ABG. MANUEL ENRIQUE PADILLA.




LA (EL) SECRETARIA (O),


ABG.