JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, SEIS DE JUNIO DEL DOS MIL SEIS.-

195º Y 147º

Con vista de la anterior demanda y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la ley, se admite cuanto ha lugar en derecho.- La Ciudadana MARIA YURISAN GUEVARA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.721.483 y de este domicilio, asistida en este acto por la Dra. MARIA ELENA RODRIGUEZ LOZADA, Abogada en ejercicio, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 22.295 y de este domicilio, solicita ante este Tribunal ordenar la RECTIFICACION de su ACTA DE NACIMIENTO, que corre inserta en los libros de Registro de Nacimiento, llevados por ante la Prefectura del Municipio Cedeño, Caicara del Estado Monagas, asentada en el Libro respectivo bajo el Nº 96, correspondiente al año 1970.- El error denunciado consiste en que: Al asentar el acta de nacimiento en la prefectura del Municipio Cedeño del Estado Monagas, se asentó su segundo nombre como YURISAM, cuando lo correcto es YURISAN.- Para efectos probatorios el solicitante consignó copia del acta a rectificar, fotocopia de su Cédula de identidad, titulo de bachiller, titulo de abogada, certificación de inscripción (número de Rif.) emanado del SENIAT, pasaporte, constancias de trabajo del Ministerio del Ambiente, del Seguro Social, del Fondo de Inversión Social y del Ministerio del Trabajo, cual evidencia que su segundo nombre correcto es YURISAN y no YURISAM como erróneamente fue asentada en dicha Acta de Nacimiento.- Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un Juicio de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil ORDENA en forma SUMARIA al Prefecto Del Municipio Cedeño y al Registrador Principal de este Estado Monagas, estampar la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento de la Ciudadana: MARIA YURISAN GUEVARA RODRIGUEZ, con el fin de que se escriba en forma correcta su segundo nombre como YURISAN.- Expídanse por Secretaría las copias certificadas de la solicitud y de esta Sentencia que fueren menester a los interesados y envíense las necesarias a las Autoridades competentes civiles, a los fines legales consiguientes.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.-


DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

LA SECRETARIA
ABOG. YOHISKA MUJICA

En esta misma fecha, siendo las 11:00 a.m., se dictó y publicó la anterior Sentencia.- Conste.-
LA STRIA.,
EXP/ 29.351