REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.

Maturín, 15 de Junio del 2006.

196º y 147º

Con motivo del juicio de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACIÓN), intentado por la Sociedad Mercantil FARMARARAT, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, anotada bajo el N° 52, del libro A-1, del Segundo Trimestre de fecha 21 de Abril de 1999, en contra de UNO COOPERATIVA DE CONTINGENCIA, y encontrándose este proceso en fase de Citación, comparece por ante este Tribunal el ciudadano ARMEN DEIRMENHIAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.298.467, en su carácter de Representante Legal de la Empresa FARMARARAT, C.A., asistido por la Abogada MAYLEN ALMERIDA, inscrita en el IPSA bajo el N° 64.829, quien Desiste del Procedimiento, solicitando del Tribunal su correspondiente homologación, y la devolución de los instrumentos originales consignados, este Tribunal a los fines de proveer sobre su homologación observa: Que la figura de auto composición procesal planteada, se encuentra prevista en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, la cual trae consigo la declaración unilateral de voluntad del actor, a través de la cual este renuncia o abandona la pretensión que ha hecho valer en la demanda sin necesidad de aprobación de la parte contraria, por consiguiente le imparte su Homologación, y así lo decide este Juzgado Segundo de Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela. Devuélvanse documentos originales consignados en la presente causa, previa certificación en autos. Se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZA
ABG. NELLY REVOLLO CAMPOS
LA SECRETARIA.
ABG. YSABEL BARRIOS



EXP: 14.431