REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, 05 de Junio de 2006

196º y 147º.

Vista la diligencia suscrita por la Abogada Petra Sulay Granados, Jueza Superior Primera del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, mediante la cual se inhibe de conocer el presente asunto, conforme al artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, numeral 3ro, por consiguiente, este Tribunal, en virtud de lo establecido en el artículo 34 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por cuanto no existe en la localidad otro Tribunal de la misma Categoría y Competencia, ordena en este acto, remitir el Expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a los fines de su distribución respectiva, en el momento en que sea nombrado Juez o Jueza Accidental, quien deberá conocer del presente asunto. Apertúrese cuaderno separado con copias certificadas de la diligencia que antecede y del presente auto. Procédase a ello.
La Jueza Superior

Abog. Petra Sulay Granados
Secretario (a).


ASUNTO: NP11-R-2006-000115