REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintisiete (27) de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: VP01-S-2006-000050
Vista la anterior transacción presentada por el abogado Rafael Sandoval, actuando en representación de la sociedad mercantil PRODUCCIONES SOL EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL (E.T.T. ATECA), por una parte y por la otra el ciudadano PAULO EMILIO MARQUEZ, asistido en este acto por la abogada Greidy Anet Bolívar, mediante la cual se hace entrega de cheque a favor del trabajador por la cantidad de VEINTISIETE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUARENTA Y CINCO BOLÍVARES, CON VEINTIDÓS CÉNTIMOS (27.432.045,22), girado contra el Banco Universal BANESCO, asimismo consigna copia simple del cheque, solicitan ambas partes al Juez se sirva homologar el presente acuerdo y expedir copias certificadas de acta Transaccional y del auto que la homologue, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, visto que la mediación ha sido positiva y el acuerdo presentado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador HOMOLOGA EL ACUERDO ENTRE LAS PARTES, dándole el carácter de la cosa juzgada, en consecuencia se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del presente asunto, asimismo ordena expedir (03) juegos de copias certificadas de la transacción y del presente auto. Así se Decide.-

El Juez




Abog. Hernán Fernández Labarca.

La Secretaria.


Abog. Joselyn Urdaneta.