ACTA


N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-000653
PARTE ACTORA: DENNIS JAVIER FERRER SOTO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: BERNARDO SOTO
PARTE DEMANDADA: MI QUERENCIA GRANJA CLUB, C. A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JAIME FERNANDEZ y YELITZA MORONTA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy 15 de Mayo de 2006, siendo las 3:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar,, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado, igualmente se deja expresa constancia de la asistencia, de los apoderados judiciales de la parte demandada abogados, Jaime Fernández y Yelitza Moronta, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 y 196.



El Juez

La Secretaria

Abog. Hernán Fernández Labarca





Los Presentes