REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 25 de Mayo de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2004-000222
ASUNTO : NP01-P-2005-000284



Vista la solicitud realizada por la ciudadana Nelly León Uribe, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano Davis Jesús Sanabria, donde pide sea nombrada correo especial a los fines de tramitar todas las gestiones pertinentes relacionadas con dejar sin efecto la captura de su mandatario, este Tribunal observa que no se tiene respuesta alguna de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX) respecto a que persona le pertenece el número de Cédula 10.484.439, y como quiera que se hace indispensable verificar dicha información a los fines de constatar si efectivamente al ciudadano Davis Jesús Sanabria le pertenece dicho número de cédula y no a David José Sanabria, imputado en la presente causa, se ordena ratificar oficio a los fines consiguientes.
Ahora bien, en cuanto a lo solicitado por la referida ciudadana Nelly León Uribe referente a que se deje sin efecto la captura librada a su apoderado ciudadano Davis Jesús Sanabria titular de la Cédula de identidad 5.149.088 que pertenece a su apoderada Judicial, este Tribunal observa de la revisión minuciosa de la causa, que no cursa en la misma orden de aprehensión con dicha cédula, en consecuencia declara improcedente lo solicitado.
De otro lado, en cuanto al pedimento de que sea nombrada correo especial para realizar las gestiones ante la Onidex Caracas de dejar sin efecto la captura librada a su representado, estima quien decide, que hasta tanto se tenga respuesta de la Onidex a quien le pertenece el numero de cedula en referencia, mal podría este Tribunal dejar sin efecto estas aprehensiones libradas a David José Sanabria; en consecuencia, y como quiera que efectivamente se requiere el esclarecimiento urgente de la situación planteada en la presente causa; se acuerda nombrar a la solicitante Correo Especial solo a los fines de llevar el Oficio a la ONIDEX donde se solicita información respecto a quien le pertenece el número de cédula 10.484.439; y una recibida dicha información el Tribunal librará lo pertinente. Hágase lo conducente. Cúmplase.

El Juez

ABG. MILANGELA MILLÁN GÓMEZ


El Secretario