REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 25 de Mayo de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2005-000372
ASUNTO : NP01-P-2005-000372

Recibido oficio signado con el N° 3J-320-06, procedente del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Monagas donde informa que por ante ese Tribunal cursa el asunto N° NP01-P-2005-000770, seguido en contra del imputado: ÁNGELO MULE DI BLASI, por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional en Grado de Frustración, a quién en fecha 10 de Abril de 2006 se le Decreto Detención Domiciliaria con Vigilancia policial encontrándose fijada la Audiencia de Constitución de Tribunal sin fecha cierta hasta tanto se tengan los resultados psiquiátricos del imputado de autos; de donde se evidencia que por ante el mencionado Tribunal cursa otra causa en contra del referido acusado por el delito de Homicidio Intencional en grado de Frustración, delito de mayor entidad a los que se siguen por ante este Tribunal, este Tribunal a los fines de preservar la unidad del proceso estima procedente declinar la competencia del presente asunto al referido Tribunal, por cuanto es el competente para continuar con el juzgamiento del mencionado acusado, por cuanto el delito de Homicidio merece mayor pena, ello de conformidad con lo previsto en los artículos 71, ordinal 1° y 73 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal.

Por todo lo expuesto, y visto que existe un procesado común en ambas causas, que por ante aquel Tribunal el delito imputado es el de Homicidio y merece mayor pena, que las causas se encuentra en la misma fase de Juicio; es por lo que este Tribunal estima procedente la Declinatoria de Competencia del asunto N° NP01-P-2005-000372 en el mencionado Tribunal a los fines de que provea sobre su Acumulación con el asunto N° NP01-P-2005-000770. Y así se decide.

En mérito de lo expuesto, es por lo que este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley: a los fines de garantizar la unidad del proceso en el presente asunto ACUERDA declinar la competencia de la causa NP01-P-2005-000372 seguida al ciudadano Ángelo Mule Di Blasi, en el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal a los fines de que provea sobre la acumulación de la misma con el asunto signado con el N° NP01-P-2005-000770, todo de conformidad con los artículos 71 numeral 1° y 73 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio, y por cuanto para el día de hoy estaba pautado la celebración del Juicio oral y Público este Tribunal ante la declinatoria de competencia se abstiene de fijar nueva oportunidad para tal acto. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Juez,

Abg. Doris María Marcano G.


La Secretaria,


Abg. María Herminia Luongo.