REPUBLICA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN, DIECIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL SEIS (2006).

A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en el presente juicio intervienen como partes y apoderados las siguientes personas:

Demandante: DAGOBERTO VALDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 3.020.182, y de este domicilio.

Abogado Asistente: Fernando Soto, Venezolano, mayor de edad, C.I. 8.929.268.

Demandado: JUNTA DE CONDOMINIO DE LA URBANIZACION LOS GIRASOLES, en las personas de su Presidente y Vice-presidente Luis Monterota y Xiomara Aldana.

Abogado Asistente: No tiene apoderado Judicial constituido.

MOTIVO: SERVIDUMBRE DE PASO.

Exp. 0661

En fecha 10-05-2006, acudió por ante este tribunal el ciudadano DAGOBERTO VALDEZ CAMACHO, debidamente identificado en autos, asistido en este acto por el abogado FERNANDO SOTO, y solicita en el libelo de demanda que se le acuerde una medida innominada de paso para poder llegar a su finca y continuar el proceso agroalimentario que realiza., en vista que se encuentran llenos los extremos exigidos en el Artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, se decreta Medida Innominada de Paso, por la vía interna de la que conduce al portón de la finca propiedad del ciudadano DAGOBERTO VALDEZ, donde hoy en día se encuentra enclavada la Urbanización los Girasoles, mientras dure el juicio, y así mantener la producción agroalimentaria que sirve de manutención tanto al referido ciudadano como a sus trabajadores, y Por cuanto en fecha 01-03-2006, se recibió por ante este Tribunal Resolución Nº 0013 de fecha 22-02-2006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, en la cual ordena a los Tribunales Agrarios, ejecutar las sentencias de ellas emanadas, y de esta misma manera esta contenido en el Artículo 241 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. El Tribunal fija fecha y hora para darle cumplimiento a la Medida Innominada de paso, Para el día 08-06-2006, a las 10:00 a.m. Se ordena librar oficio a la Comandancia de la Policía, para que resguarden la integridad física del Tribunal. Librese oficio.
El Juez Temporal,

Abg. Ángel Silva Acuña
El Secretario,
Abog. Eligio Velásquez



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