REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY, SANTA BÁRBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 31 de Mayo del 2.006
195° y 146°
Vista la manifestación de voluntad de convenir la cual es irrevocable, realizado entre la ciudadana YENIFFER JOSEFINA CONTRERAS GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.242.724, de este domicilio, en su carácter de Vicepresidente de la empresa CORPORACIÓN SYSTEM SHOP, C.A., parte demandada en este juicio, debidamente asistido por el abogado HARVEY SERRES y la ciudadana YANETH BASTARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.589.375, parte actora, debidamente asistida por el abogado JOSE GREGORIO MARQUEZ MARTINEZ; este Tribunal HOMOLOGA la misma, en virtud que ambas partes tienen facultad para ello tal y como se desprende de autos en la cláusula vigésima primera de los estatutos sociales de la compañía. En cuanto a la Dación en Pago de los bienes muebles descritos en el convenimiento, para que la misma se perfeccione y sea válida, debe constar en autos el carácter de dueño de las cosas, de la empresa CORPORACIÓN SYSTEM SHOP, C.A., puesto que el pago tal y como lo establece el artículo 1.285 del Código Civil tiene por objeto transferir al acreedor la propiedad de la cosa pagada. Y Así se Decide.-
LA JUEZ TITULAR
Abg. ODIELYS HERDE MARCANO
LA SECRETARIA
OHM/MPB/rosa.-
Exp. 2099
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