JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín, 22/11/2006
196º y 147º

Analizadas y revisadas las actas procesales que conforman el expediente, contentivo del juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentara la ciudadana OLIVERO DE LARA ROSA, contra el ciudadano SAHILLI SAHILLI ALI, este tribunal observa lo siguiente:
1. En fecha 08 de Mayo del 2006, el Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de esta Circunscripción Judicial, declina su competencia e inmediatamente remite el expediente a este Tribunal para que pase a conocer de la presente causa.
2. Cursa inserto al folio ochenta y cuatro (84), auto en cual el tribunal le da entrada y admite la demanda, emplazando al ciudadano ALI SAHILLI SAHILLI para que compareciera al segundo (2) día de despacho siguiente a su citación, a dar contestación a la demanda, a las once y media de la mañana (11:30 am).
De lo anteriormente expuesto se evidencia que el tribunal incurrió en un error involuntario al fijar una hora específica para que tuviera lugar la contestación de la demanda, en virtud de que la ley no establece hora determinada para que se lleve a cavo dicho acto.
Por consiguiente, siendo el cumplimiento del proceso conducente para el ejercicio del derecho a la defensa, siendo la institución de la misma el objeto de protección de las reglas procesales, permitiendo además que se aplique el estado social de Justicia y derecho de gran significado en la Actual Constitución. Este Tribunal, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REPONE LA CAUSA al estado de admitir la demanda. En consecuencia se dejan sin efectos las actuaciones cursantes a los folios 84 hasta el 142, excepto los folios Nros 86, 87, 88, 117, 118, 119 y 120. (Artículos 211 y 212 de la Ley Adjetiva).
El Juez,

Abg. Gustavo Posad La Secretaria,

Abg. Dubravka Vivas
GP/mjm.-
Exp N° 11.145