REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA TRANSITO Y AGRARIO

Por cuanto de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente se observa que desde la fecha 27-04-2.005 hasta la presente fecha, la parte interesada no ha cumplido con las obligaciones que le impone la Ley, y por cuanto la instancia se extingue por el transcurso mas de un Año (01) sin ejecutar ningún acto del procedimiento y esto verifica de pleno derecho sin poder ser renunciable a las partes como lo disponen los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Declara: PERIMIDA LA INSTANCIA, este Tribunal en virtud de ello acuerda ordenar el archivo del expediente.