ACTA

N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.006-001187.
PARTE ACTORA: Ciudadana, LIBARDO ANTONIO VELIZ TOCUYO, venezolano mayor de edad, titular de las Cédulas de Identidad N 11.774.164, Abogado, asistido por el abogado ERASMO HERNANDEZ, Procurador del Trabajo, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo los números 36.712.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES FMF, C.A.
APODERADOS JUDICIALES: MIRIAN RUIZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado N° 50.488.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.

En el día de hoy 29 de noviembre de 2006, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, el ciudadano LIBARDO ANTONIO VELIZ TOCUYO, en su carácter de accionante, asistida por el abogado ERASMO HERNANDEZ, y el abogado FERNANDO CHACIN, en su carácter de apoderado judicial de la demandada.
. Las partes después de deliberaciones, las partes acordaron suscribir una transacción en los siguientes términos:
La parte actora alega que fue despedido injustificadamente y solicita el reengache y pago de los salarios caídos.
La demandada conviene que ciertamente existió la relación de trabajo en las fechas alegadas por el trabajador mas el salario no es el señalado por el actor, admite el cargo señalado por demandante, la demandada ofrece como pago de sus prestaciones sociales por vía de transacción, la suma definitiva de Bs. 1.419.652,87., a los fines de evitar juicios antes indicados, ofrecimiento este que es aceptado por el accionante, quien declara su conformidad con el mismo. A los fines del cumplimiento de esta transacción la parte demandada entregará cheques a nombre del trabajador, en un cheque del Banco Mercantil N° 37476140.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar, y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de cosa juzgada, se ordena el archivo del expediente. Se deja constancia que el Tribunal hace entrega de las pruebas a las partes.

LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.

LOS APODERADOS DE LAS PARTES.


EL SECRETARIO (A)