ACTA

N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2006-001379.
PARTE ACTORA: ORLANDO ANTONIO RODRIGUEZ PEREIRA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.148.635 y de este domicilio.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abogado , venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el número: 88.520 y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: UNIDAD
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE EDUCATIVA INTEGRAL “NUEVAOS HORIZONTES” DEMANDADA: Abogado JOSE VENTURA GRANADO SIFONTES, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado bajo EL Nro.44.039 y de este domicilio.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy (21) de Noviembre de 2006, siendo las 11:00 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, no compareció a la misma el ciudadano ORLANDO A. RODRIGUEZ P., ni por si, ni por Apoderado alguno, solo compareció el Abog. JOSE VENTURA GRANADO SIFONTES, antes identificado, Apoderado Judicial por la parte demandada. Este tribunal vista la incomparecencia de la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara desistido el procedimiento y terminado el proceso. En este acto este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo, en virtud de lo antes expuesto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Expídase copia certificada. Siendo las 11:00 A.M. se cierra el presente acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. HUMBERTO A. GARCIA R.

EL APODERADO DE LA PARTE COMPARECIENTE.


EL SECRETARIO (A)