ACTA

N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2006-001410.
PARTE ACTORA: ALEXANDRO DARIO SANCHEZ CHAURAN, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.147.268 y de este domicilio.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abogado , venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el número: y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: ASUNTOS Y SERVICIOS PETROLEROS, C.A.
APODERADAS JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogadas IRINA ANDREA GUTIERREZ PERAZA Y LIDUSKA CATERINE UROSA CABEZA, venezolanas, mayores de edad, inscritas en el inpreabogado bajo los Nros. 87.805 y 88.520 y de este domicilio.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.

En el día de hoy (28) de Noviembre de 2006, siendo las 10:30 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, compareció a la misma el ciudadano ALEXANDRO DARIO SANCHEZ CHAURAN, el cual se hizo presente sin estar representado por Apoderado alguno, también comparecieron las Abogs. IRINA ANDREA GUTIERREZ PERAZA Y LIDUSKA CATERINE UROSA CABEZA, antes identificadas, por la parte demandada. Este tribunal vista la comparecencia sin representación Judicial de la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara desistido el procedimiento y terminado el proceso. En este acto este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo, en virtud de lo antes expuesto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Expídase copia certificada. Siendo las 10:30 A.M. se cierra el presente acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. HUMBERTO A. GARCIA R.

EL APODERADO DE LA PARTE COMPARECIENTE.


EL SECRETARIO (A)