REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 3 de Octubre de 2006
196º y 147º


ASUNTO PRINCIPAL : NX01-D-2002-000018
ASUNTO : NX01-D-2002-000018


SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
FISCAL: ABG. MIRIAM GARELLI
DEFENSOR: ABG. MIGDALYS BRITO
MOTIVO: REVISION DE MEDIDA

Revisado el presente asunto se observa que ha transcurrido más de Ocho meses desde la ultima revisión y de conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de las Medida de LIBERTAD ASISTIDA que actualmente cumple el joven IDENTIDAD OMITIDA.

El Joven IDENTIDAD OMITIDA, En fecha 15 de Marzo de año 2004, se realizo la respectiva ejecución y computo de la medida que inicialmente le fue impuesta, que era la medida Privación de Libertad, por el lapso de cinco (05) años, por haber sido culpable en el delito de Homicidio Intencional, Lesiones Personales graves y lesiones personales leves, previsto en el artículo 407, 417 y 418 del Código Penal vigente para el momento en que ocurrieron los hechos. De lo cual para el 01-07-2005 fecha de la última revisión había cumplido Dos (02) años, Cuatro (04) Meses y Trece (13) días, en fecha 01-07-2005, le es revisada la Medida y sustituida por las Medidas LIBERTAD ASISTIDA POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS Y DE FORMA SIMULTÁNEA LA MEDIDA REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE SIETE (07) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS. En fecha 05 de Abril del 2006 es revisada la Medida y Cesa por total cumplimiento la medida REGLAS DE CONDUCTA.

Para el día de hoy está fijada revisión de la medida y en esta misma fecha se recibe proveniente del Servicio Social de este Tribunal, organismo encargado de vigilar el cumplimiento de la Medida Libertad Asistida conforme al Artículo 643 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, informe Conductual del joven IDENTIDAD OMITIDA de donde se desprende que el joven mantiene una conducta excelente, que acude puntualmente a todas sus entrevistas. Ha obtenido progresividad y en definitiva es evaluado de forma FAVORABLE.

IDENTIDAD OMITIDA hasta el día de hoy la ha cumplido con la medida Libertad Asistida por espacio de UN (01) AÑO DOS (02) MESES y ONCE (11) DIAS. Faltándole por cumplir NUEVE (09) MESES y DIECINUEVE (19) DIAS bajo la Medida Libertad Asistida.

Sancionado
IDENTIDAD OMITIDA

Medida
Libertad Asistida Por Dos (02) años

Ha cumplido
UN (01) AÑO DOS (02) MESES y ONCE (11) DIAS

Le falta por cumplir
NUEVE (09) MESES y DIECINUEVE (19) DIAS

Fecha aproximada de culminación
22-07-2007


DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto este Juzgado de Ejecución, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA determinándose que ha cumplido con la medida Libertad Asistida por espacio de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES y ONCE (11) DIAS. Faltándole por cumplir NUEVE (09) MESES y DIECINUEVE (19) DIAS bajo la Medida Libertad Asistida. Estas Medidas son revisables de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente. Se fija como fecha de próxima revisión el 01 de Marzo del 2007. Impóngase del presente auto al ciudadano SANCIONADO. Notifíquese al Fiscal Décimo del Ministerio Público, y a la Defensa. Oficiar a la Trabajadora Social Adscrita a esta Sección de Adolescente. Cúmplase

La Jueza de Ejecución



ABG. DILIA ROSA MENDOZA BELLO.


La Secretaria.

ABG. KEDIN CALDERON.