JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DIEZ (10) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS

196º y 147º


Vista la Transacción suscrita en fecha 04 de octubre de 200, por los ciudadanos: HOWGARD PAYARES LOPEZ y HOWARD PAYARES ROMERO, en su carácter de Presidente y Vicepresidente de la Sociedad Mercantil AREGRA, C.A., parte demandada, y el Abogado GUILLERMO E. VASQUEZ ADRIAN, Apoderado Judicial de parte demandante, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes y en los términos acordados por las partes. En consecuencia, en un todo de acuerdo a lo previsto en los artículos 12 y 255 del Código de Procedimiento Civil, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, este Tribunal le da carácter de SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA al presente convenimiento. En consecuencia, se acuerda suspender la Medida de Enajenar y Gravar decretada por el Tribunal en fecha Primero (01) de Junio del año 2006, sobre un (1) inmueble constituido por un fundo de trescientas hectáreas (300 has) y las bienhechurías sobre él construidas, ubicado en el Hato Sun Sun, ubicados en la vía que conduce de Punta de Mata vía Caserío Medina, del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, cuyos linderos, medidas y protocolización, se describen a continuación: NORTE: con carretera al Caserío Medina; SUR: Con finca de Merey que es o fue del Sr. Costales y potreros de la ciudadana Luisa Farias, ahora propiedad de Ulpiano Carvajal y Rene Trujillo; ESTE: con potreros de Luisa Farías, ahora de Juan Othaola y OESTE: con Hacienda de los Hermanos Farias, ahora Agrotécnica Las Margaritas, el cual se encuentra registrado ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Ezequiel Zamora, en fecha 26 de febrero de 1998, bajo el N° 04, Tomo IV, Protocolo Primero, Folio 162 . Ofíciese lo conducente al Registrador Subalterno respectivo. -

Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
SECRETARIA ACC.
ABOG. TERESA RIVERA
EXP.: 29.289. Kelly.-