JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
MATURÍN, DOS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS

195º y 147º


Vista la transacción judicial efectuada en fecha 10 de agosto del 2.006, de conformidad con el artículo 1.713 del Código Civil, suscrita por una parte, por el ciudadano: ALEX DE JESUS PINO MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.799.247, parte actora, asistido por la abogada SORAYA HERNANDEZ, de este domicilio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 22.822 y por la otra, y los ciudadanos: CESAR CAMEJO MANRIQUE, CESAR CAMEJO BLANCO Y LUCIA CAMEJO BLANCO, y la Sociedad Mercantil INVERSORA CERRO AZUL, C.A. representada por su apoderado judicial abogado RAFAEL DOMINGUEZ, de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.71.191 y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRAMDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes y en los términos acordados por los contendientes. Se acuerda el archivo del expediente. Expídase por secretaría las copias certificadas solicitadas.


ABOG. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA ,
TERESA RIVERA.


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-Conste
La Stria.

EXP- 29.200
Ly.