ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2006-001413
PARTE ACTORA: DIARITZA OLIVARES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Ángel Puche y Argenis Albornoz.
PARTE DEMANDADA: OPTICOLOR C.A
APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA: Ivonne Matos y Liris Soto de Montaña.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy, 22 de Septiembre de 2006, siendo las 11:37 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos DIARITZA OLIVARES y OPTICOLOR C.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de diez millones doscientos noventa y seis mil seiscientos ochenta y dos Bolívares( Bs.10.296.682) para sastifacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le serán entregados a la trabajadora el día miércoles 27 de Septiembre de 2006 a las diez (10:00 a.m.). por ante el tribunal, En este estado la parte demandante aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .


El Juez

La Secretaria

Abog. Frank Guanipa





Los Presentes