REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 20 de Septiembre de 2006
196º y 147º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2004-000372
ASUNTO : NP01-D-2004-000457

SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: HURTO SIMPLE
DEFENSA: ABG. MIGDALYS BRITO LOPEZ.
FISCAL: ABG. MIRIAN GARELLI
MOTIVO: REVISIÓN DE LA MEDIDA

De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida de Privación de Libertad, que cumple el ciudadano ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, quien fue condenado a cumplir la MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (01) AÑO, por la comisión del delito Hurto Simple previsto y sancionado en el Artículo 453 del Código Penal Vigente para el Momento que ocurrieron los hechos. Procediendo este Tribunal a hacerlo en los términos siguientes:

En fecha 21 de Abril del 2006 fue realizado el auto de Ejecución y cómputo de la Medida Libertad Asistida que cumple el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, en fecha misma fecha fue impuesto el sancionado de su obligación de dar cumplimiento a la medida, y que la misma sería supervisada por el Departamento de Servicio Social de este Tribunal.

En fecha 18 de Septiembre del 2006 se recibe Oficio N° S.S.S- 132-06 proveniente del departamento de Servicio Social de este Circuito Judicial Penal, contentivo de Informe de Evaluación Conductual del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, donde se indica que el sancionado ha mostrado una conducta acorde a las exigencias, acude puntualmente a sus presentaciones sabe postergar gratificaciones y jerarquiza necesidades. Su evaluación es FAVORABLE. Ello significa que la medida le ha sido favorable le ha ayudado, razón por la cual se hace necesario mantenerla a los fines de lograr los objetivos de la ejecución de las medidas.

Hasta el día de hoy IDENTIDAD OMITIDA ha cumplido con la medida por espacio de CINCO (05) MESES y le falta por cumplir SIETE MESES EXACTOS.


ADOLESCENTE SANCIONADO
IDENTIDAD OMITIDA

DELITO
HURTO SIMPLE.

SANCIÓN
UN (01) AÑO MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA

HA CUMPLIDO
05 Meses

LE FALTA POR CUMPLIR
07 Meses

PRÓXIMA REVISIÓN
31-01-2007

CESACIÓN APROXIMADA DE LA MEDIDA
20 de Abril del 2007



DISPOSITIVA

En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley SE REVISA Y MANTIENE la Medida Libertad Asistida al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, anteriormente identificado. Por el tiempo que le falta el cual es de Siete Meses, hasta el día de hoy ha cumplido con la medida por Cinco (05) Meses. Se fija como fecha para próxima revisión el 31-01-2007, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal e, de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese las correspondientes Boletas de Notificaciones. Ofíciese y envíese Copia Certificada del presente Auto al Servicio Social de este Circuito. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN


ABG. DILIA ROSA MENDOZA BELLO.

La Secretaria

ABG. JUANA CARVAJAL.