JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA ISNTANICA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín, 22 de Septiembre de 2.006
196º y 147º

Visto el escrito que antecede y los recaudos acompañados, por el ciudadano JOSE RENE JIMENEZ, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES ANZOATEGUI C.A., (SERCONAN), asistido por el abogado NELSON JOSE BUCARAN DEFFENDINI, inpreabogado Nº 20.280; mediante la cual acepta la transacción celebrada el 14/07/2006entre el compareciente y la demandante Sociedad Mercantil RCA INDUSTRIAL C.A. representada por su Presidente ALBERTO ACOSTA, identificados en autos; en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. Este Tribunal, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación a la referida Transacción, de conformidad con el Artículo 256 de la Ley Adjetiva. Asimismo, se ordena la devolución a la parte actora del cheque Nº 00001520, por Bs. 30.000.000,oo, previa su certificación en autos.-

El Juez,

Abg. Gustavo Posada
La Secretaria,
Abg. Dubravka Vivas
GP/njc
Exp. Nº 11.066