ACTA

N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2006-000972.
PARTE ACTORA: HECTOR RIOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.172.498 y de este domicilio.
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Abogada, LIBIA CALDERIN GUZMAN, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el número: 74.248 y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: EMPRESAS ANDINAS, S.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado , venezolana, mayor de edad, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. y de este domicilio.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy Jueves (28) de Septiembre de 2006, siendo las 10:30 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, comparecen a la misma la Abog, LIBIA CALDERIN GUZMAN, antes identificada por la PARTE ACTORA y el ciudadano ROBINSON CASTILLO, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nro.8.045.091, quien se presentó en representación de la PARTE DEMANDADA, dándose así inicio a la Audiencia. La parte demandante expone en este acto que DESISTE DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA ACCION que incoara en contra de la Demandada su representado el ciudadano HECTOR CELESTINO RIOS GOLINDANO. En este Acto este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara por lo antes expuesto DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO . Es todo, se leyó y conforme firman. Se acuerda expedir copia certificada a las partes.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. HUMBERTO A. GARCIA R.

LOS APODERADOS DE LAS PARTES.


EL SECRETARIO (A)