JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL SIETE.

196º y 147º

Visto el anterior desistimiento suscrito por la abogada ZULAY MARQUEZ, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 121.063, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano: DIONNY JOSE CASTRO, parte demandante en este proceso y por cuanto el mismo no es contrario a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicha desistimiento en todas y cada una de su partes y en los términos acordados por los contendiente e igualmente el Tribunal acuerda devolver por secretaría previa certificación en autos los documentos originales solicitados .


Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

LA SECRETARIA TEMPORAL,
ANGELICA CAMPOS.


EXP. Nro. 28.956
Elaborado por luz y.



PARTES:
DEMANDANTE: DIONNY JOSE CASTRO
DEMANDADA: OMAIRA ELIZABETH CASTRO ROMERO
MOTIVO: DIVORCIO ORDINARIO