ACTA

N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.007-000039
PARTE ACTORA: Ciudadano, ERASMO ZAPATA, venezolano, mayor de edad, titular de las Cédulas de Identidad N 1.818.162.
APODERADO JUDICIAL: EVA VELASQUEZ y otros, inscrito en el Inpreabogado N° 72.853.
PARTE DEMANDADA: ELECTRO PARTES ELECTRICAS SAN MIGUEL
APODERADO JUDICIAL: Representada por el ciudadano ROOSELVELT MARTINEZ, inscrito en el inpreabogado N° 78.492.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy 10 de Abril de 2007, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la abogada EVA VELASQUEZ, apoderada de la parte accionante, el abogado ROOSELVELT MARTINEZ en su carácter de representante legal de la empresa demandada. La parte demandante manifiesta que desiste del procedimiento. En este estado interviene el apoderado judicial del demandado, en el cual declara que convengo en el desistimiento y solicita la homologación del mismo. Este Tribunal vista los alegatos de las partes este Tribunal de conformidad con el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara que Homologa el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DÁ POR TERMINADO EL PROCESO.

LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.

LOS APODERADOS DE LAS PARTES.


EL SECRETARIO (A)