ACTA

N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.006-0001274.
PARTE ACTORA: Ciudadano, SEGUNDO ANTONIO SEMPRUM FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 20.274.749 y de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ERASMO HERNANDEZ Y ROSALIN ALCALA, Procuradores de Trabajadores del Estado monagas, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 104.311 y 94.766 y de este Domicilio.
PARTE DEMANDADA: AUTO GRUAS MATURIN, C.A. Y TRIME, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA:, venezolana, mayor de edad, inscrita en el inpreabogado N° .
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy 28 de Mayo de 2007, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la audiencia Preliminar, no comparecieron a la misma el Actor ni los Apoderados Judiciales del mismo los Abogs. ERASMO HERNANDEZ Y ROSALIN ALCALA, según consta de Poder Apud-Acta consignado por ante este Tribunal en fecha Once (11) de Abril de 2007 y que riela en el folio Nro. Cuarenta (40) del presente Expediente, también se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada, ni por sí, ni por apoderado alguno. Este Tribunal vista la incomparecencia de las partes, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 7 y 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara desistido el procedimiento. En este acto este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, en virtud de lo antes expuesto, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, termino. Se hace constar que el lapso para ejercer los recursos a que haya lugar comenzará a computarse a partir del día hábil siguiente de la publicación del fallo respectivo.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. HUMBERTO A. GARCIA R.



EL SECRETARIO (A)