REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ESTADO MONAGAS
Maturín, 03 de Abril de 2008
197º y 149º
AUTO DE APERTURA A JUICIO

Por cuanto en esta misma fecha se celebró la Audiencia Preliminar en el presente asunto, y se ordenó la apertura al juicio oral y público, para el acusado PEDRO NEOMAR CASTAÑEDA LARES; es por lo este Juzgador de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, emite lo siguiente:

IDENTIFICACION DEL ACUSADO

PEDRO NEOMAR CASTAÑEDA LARES, quien es Venezolano, natural de Maturín, Estado Monagas, fecha de nacimiento 24/06/1977, de 30 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad V-14.859.487, hijo de Aide Lares (f) y Pedro Castañeda (f), de profesión u oficio Albañil, tlf. 0424-926.76.79, residenciada en la Avenida El Ejercito, Vereda 20, Casa N° 04, Sector Los Godos, Maturín, Estado Monagas. Páez, Maturín, Estado Monagas.

DE LOS HECHOS Y MOTIVOS

La Representación Fiscal, expuso los hechos imputados en los siguientes términos: “En fecha treinta y uno de Enero del año 2008, siendo aproximadamente las nueve y treinta horas de la noche, al momento que la victima Mariela del Carmen Rodríguez Rodríguez, de dieciséis años de edad, se dirigía hacia su residencialuelo de haber recibido clases en el Liceo Escuela Básica Manola Luna Silva, donde están ubicados unos quioscos, logró avistar a una persona oculta pero ella no le dio importancia y continuo caminando, cuando de repente el imputado PEDRO NEOMAR CASTAÑEDA LAREZ , la intercepta y la toma por el brazo, esgrime un arma blanca (punzón no incautado) y bajo amenaza de muerte la tapó la boca y la lleva a un monte cercano a la cancha de usos múltiples , sugiriéndole que le tocara su miembro viril (pene), como ella no accedió , este en principio la golpea a la altura del brazo derecho y la lanza al pavimento logrando aporrearse la boca; mientras éste trata de desvestirse, ella hacía lo propio para levantarse, siendo impedido por el agresor , es cuando la victima en un acto de supervivencia le muerde las manos y comienza a pedir auxilio , de igual forma logró darle una patada en la entrepiernas y en esos momentos tres personas que se apersonaron logran someterlo, evitando que abusara sexualmente de la victima”.

ADMISION DEL ESCRITO ACUSATORIO Y CALIFICACION JURIDICA

Este Juzgador admitió totalmente la acusación interpuesta por la Fiscalía Novena del Ministerio Público, representada por la Abg. Lerida Rodríguez, en cuanto a la calificación jurídica de VIOLACION EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 374 en relación con el artículo 80 ambos del Código Penal.
PRUEBAS ADMITIDAS

Se admitieron totalmente las pruebas ofrecidas por la Vindicta Pública por considerarlas útiles, pertinentes y necesarias para el Juicio Oral y Público y haber sido incorporas al proceso conforme a la ley. La defensa no promovió pruebas en el lapso legal establecido.

ORDEN DE ABRIR EL JUICIO ORAL Y PUBLICO

Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público en contra del ciudadano Pedro Neomar Castañeda por la presunta comisión del delito de VIOLACION EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 374 en relación con el artículo 80 ambos del Código Penal, en perjuicio de la adolescente Mariela del Carmen Rodríguez Rodríguez.

EMPLAZAMIENTO A LAS PARTES

Se emplaza a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurra ante el tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.
INSTRUCCION AL SECRETARIO

Se instruyo a la Secretaria de este Juzgado a objeto de remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio que corresponda.
EL JUEZ

ABG. JOSE E. FRONTADO JIMENEZ
LA SECRETARIA

ABG. HAIDEE BETANCOURT




NP01-P-2008-000770.