REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 18 de Abril de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2005-003994
ASUNTO : NP01-P-2005-003994

AUTO DE CUMPLIMIENTO DE PENA PRINCIPAL IMPUESTA

De la revisión del presente Asunto, se observa que el Penado CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ BENITEZ, quien es Venezolano, de 57 años de edad, natural de Quiriquire, Municipio Punceres del Estado Monagas, donde nació en fecha 24-03-48, casado, de oficios Analista en Petróleo, hijo de Enrique Rafael Rodríguez (v) y de Violeta de Lourdes Benítez de Rodríguez (v), grado de instrucción Técnico Superior, Titular de la Cédula de identidad V-3.327.012, residenciado en La Urbanización Tierra del Sol, Calle 02, Quinta Pipina, Sector Tipuro, Maturín Estado Monagas, fue condenado por el tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Estado Monagas a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Orgánico Procesal Penal, sentencia ejecutada en fecha 09 de Agosto de 2006, actualmente disfrutando del beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena.

Ahora bien, verificado que para el día 16-02-2008, transcurrió el tiempo estipulado para el cumplimiento de dicha Pena, no existe informe de conducta que indique lo contrario y se verifica tanto en autos, como en el sistema Juris 2000 que el mismo cumplió cabalmente con el régimen de presentaciones impuestas ante la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal de Monagas; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL IMPUESTA, al ciudadano CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ BENITEZ, quien es Venezolano, de 57 años de edad, natural de Quiriquire, Municipio Punceres del Estado Monagas, donde nació en fecha 24-03-48, casado, de oficios Analista en Petróleo, hijo de Enrique Rafael Rodríguez (v) y de Violeta de Lourdes Benítez de Rodríguez (v), grado de instrucción Técnico Superior, Titular de la Cédula de identidad V-3.327.012, residenciado en La Urbanización Tierra del Sol, Calle 02, Quinta Pipina, Sector Tipuro, Maturín Estado Monagas y en consecuencia se le concede la LIBERTAD PLENA desde el día 16-02-2008. Notifíquese lo conducente al Fiscal Séptimo del Ministerio Público de este Estado, al penado y al Defensor del Penado. Remítase copia certificada del presente auto al ciudadano Jefe de Vigilancia de Sanciones Penales del Ministerio del Interior y Justicia, a los fines legales consiguientes. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-

El Juez


ABG. Doris María Marcano Guzmán


La Secretaria