JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL OCHO.

198º y 149º
Vista la anterior demanda por RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO intentada por el ciudadano: EDGOR FRANCISCO PALACIOS SOTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.13.654.593, de este domicilio, debidamente asistida en este acto por el ciudadano SORAIDA DEL VALLE DURÁN, Abogada en ejercicio, de este domicilio, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 104.319 y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la ley. Se admite cuando ha lugar en derecho. Tal como consta de la partida de nacimiento expedida por el Registrador Principal del Estado Monagas, Certifica que la Copia es traslado fiel y exacta de su original y copiada a la letra dice así, Acta N° 221, Folio 233, Libro 2, Tomo 1, Año 1978.se incurrió en un error material involuntario de escribir erróneamente su nombre como EDHOR FRANCISCO, siendo lo correcto EDGOR FRANCISCO, tal como se evidencia en su cédula de identidad.

El error denunciado consiste en que en la oportunidad que la solicitante EDGOR FRANCISCO PALACIOS SOTILLO, por error de trascripción le fue asentado su nombre como EDHOR, siendo esto incorrecto, ya que el nombre correcto es EDGOR.

Para efectos probatorios el solicitante consignó: fotocopia de la Cédula de identidad.

Probados como han sido los hechos alegados y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, éste Tribunal de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA a la Primera Autoridad Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas y al ciudadano Registrador Principal del Estado Monagas hacer la debida nota marginal en el acta de nacimiento del ciudadano EDGOR FRANCISCO PALACIOS SOTILLO así:

“Donde se colocó el nombre así: EDHOR, debe decir EDGOR.

Envíense las copias necesarias a las autoridades civiles competentes, a los fines legales consiguientes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.

DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA
ABOG. YOHISKA MIJICA

En ésta misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente.- Conste.-

La Stria,

EXP 30.943
Eleczoleth