REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.

Maturín 14 de Agosto del 2008

198° y 149°

EN SU NOMBRE:
A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se determinan como partes en el presente Juicio a las siguientes Personas:
PARTE DEMANDANTE: VICTORIO CICCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.362.783 y de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: EDITH SUCRE, venezolana, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el N° 31.655, y de este domicilio.

PARTE DEMANDADA: ISSA MANNOUN

(Quien no Tiene Apoderado Constituido).

MOTIVO: DESALOJO

EXPEDIENTE N° 14.631

Visto el Desistimiento de fecha 13 de Agosto del 2008, suscrito por la ciudadana: EDITH SUCRE, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante. Respectivamente ya identificada y expone a los fines de dar por terminado el presente juicio, la parte demandante celebra un Desistimiento en los términos que en el se explana, igualmente solicita del Tribunal la Homologación del presente Desistimiento, en tal sentido solicita que una vez homologado.

ESTE TRIBUNAL OBSERVA:

Visto el Desistimiento por la parte interviniente en el presente juicio, VICTORIO CICCO, quien tiene como Apoderado Judicial a la Abogada: EDITH SUCRE, Parte demandante en el presente juicio, así mismo solicita que le sean devueltos previa certificación los originales que acompaño al escrito a la demanda. Este Tribunal acuerda de conformidad en consecuencia acuerda el desglose y devolución de los originales que corren insertos a los folios 5 al 23 de la presente causa previa certificación en autos y por cuanto se observa que el auto composición procesal planteada no resulta no resulta contrario a derecho, se le imparte su HOMOLOGACION, ello de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil y así se decide este Juzgado Segundo de los Municipios Maturina Aguasay Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela.
LA JUEZA PROVISORIA

ABG. MARIA BALBINA CARVAJAL NARVAEZ



LA SECRETARIA ACC.


ABG. MAITEE COVA UGAS




EXP. N° 14631
MBC/Milagros